Autoridad Aeronáutica Civil
Corresponderá a la Autoridad Aeronáutica Civil dirigir y reclamar los servicios de trasnporte aéreo, regular y prestar servicios a la navegación aérea, a la seguridad opercional y aeroportaria, y la certificación y administración de aeródromos, incluyendo su regulación, planificación, operación, vigilación y control. Sus funciones específicas serán las qué señala esta Ley, la Ley de Aviación Civil y aquellas otras leyes relativas al sector, con sujección a los tratados internacionales suscritos por Panamá.
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