Acreditación para la Compra de Maíz
La Ley N°23 de 15 de julio de 1997, establece que las empresa que importen a través de los contingentes arancelarios, productos para ser utilizados como materia prima deberán acreditar, ante las autoridades correspondientes, que tienen la necesidad y la capacidad instalada para el procesamiento del tipo y volumen del producto cuya licencia están solicitando. En este caso particular también se acredita a las empresas importadoras que representan a personas naturales y jurídicas que tienen la capacidad instalada y la necesidad del maíz en grano para consumo animal y para la preparación de alimentos para animales.
Requisitos
Llenar correctamente el Formulario para acreditación de materia prima.
Certificación del registro Público que contenga información general de la sociedad...Datos de inscripción en el Registro Público, nombre de la sociedad, nombre del representante legal, directores y dignatarios, capital social, domicilio, vigencia y duración, fecha de registro, nombre del apoderado general si lo hubiese, tipo de acciones
Poder a favor de la empresa importadora.
Declaración jurada, en donde se describa la actividad que realiza, validada por un funcionario público competente.
Fotocopia de la cédula de identidad personal del representante legal.
Declaración jurada en la cual se describe el servicio que se le prestará al poderdante, debidamente notariado, en hojas 8 ½ x 13.
Base Legal
La Ley N°23 de 15 de julio de 1997.
Dirección Física
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