República de Panamá

Sábado, 25 de Mayo de 2013 -

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Denuncia Contra Abuso de Autoridad o Incumplimiento de Responsabilidades

Revisado por Ministerio Público el 31 Enero 2011 - 4:00pm

Denuncia Contra Abuso de Autoridad o Incumplimiento de Responsabilidades

Denuncia Contra Abuso de Autoridad o Incumplimiento de Responsabilidades

Esta denuncia puede realizarse en calidad de Denunciante o Querellante

Requisitos

Requisitos Básicos

Presentar cédula de identidad personal....

Presentar cédula de identidad personal y presentar también una copia.

Declaración de conocimiento de los artículos 351 y 353 de Código Penal firmada a puño y letra al momento de suscribir la denuncia

Presentar Prueba Sumaria

Requisitos para Querellante

Presentar la querella dentro de un plazo de dos (2) meses.

Acreditar su legitimación al Caso

Observación

Artículo 351: El que denuncie ante las autoridades una fracción punible, a sabiendas que no se ha cometido, o simule pruebas o indicios de ella que puedan servir de motivo a una instrucción judicial será sancionado de 6 meses a 1 año de prisión o de 25 a 150 dias multa.

Artículo 353: El que inculpe a otra persona ante la autoridad de una infracción punible, a sabiendas que es inocente, o simule pruebas o indicios contra este mismo inculpado , será sancionado con prisión de 1 a 3 años. Si la falsa inculpación diere por resultado una condena o pena privativa de libertad por 12 a 20, la sanción sera de 2 a 8 años de prisión.

Prueba Sumaria: constancia que compruebe la veracidad de la denuncia.
Denunciante: Aquel que presenta una denuncia
Querellante: Aquel que presenta una denuncia y tiene el derecho de participar en la presentación de las pruebas