Denuncias de Delitos Contra la Propiedad Intelectual
Requisitos
Presentar cédula de identidad personal (también traer una copia)...Presentar cédula de identidad personal y presentar también una copia.
Declaración de conocimiento de los artículos 351 y 353 de Código Penal firmada a puño y letra al momento de suscribir la denuncia
Observación
Artículo 351: El que denuncie ante las autoridades una fracción punible, a sabiendas que no se ha cometido, o simule pruebas o indicios de ella que puedan servir de motivo a una instrucción judicial será sancionado de 6 meses a 1 año de prisión o de 25 a 150 dias multa.
Artículo 353: El que inculpe a otra persona ante la autoridad de una infracción punible, a sabiendas que es inocente, o simule pruebas o indicios contra este mismo inculpado , será sancionado con prisión de 1 a 3 años. Si la falsa inculpación diere por resultado una condena o pena privativa de libertad por 12 a 20, la sanción sera de 2 a 8 años de prisión.
Dirección Física
Fiscalía Especializada en Delitos Contra la Propiedad Intelectual
Fiscalía Novena
Edificio Avesa Piso 3, Vía España
Centro de Recepción de Denuncias (24 horas)
Corregimiento de Ancón frente al Mercado de Abasto
Horario de atención
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:00 y de 2:00 a 5:00 p.m.



