Estudios de Impacto Ambiental Categoría III.
Documento de análisis aplicable a los proyectos incluidos en la lista taxativa prevista en el artículo 14 del decreto ejecutivo no. 59 de 16 de marzo de 2000, cuya ejecución puede producir impactos ambientales negativos de significación cuantitativa o cualitativa, que ameriten un análisis más profundo para evaluar los impactos y para proponer el correspondiente Plan de Manejo Ambiental.
El propósito de este estudio es garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales que genere el proyecto, como asi mismo la idoneidad técnica de las medidas propuestas para evitar, reducir, corregir, compensar y controlar los impactos adversos significativos.
Requisitos
Memorial petitorio dirigido al Administrador General del Ambiente(ANAM)....Memorial es un escrito dirigido a la autoridad competente.
Una descripción del proyecto, en sus diferentes etapas de planificación, construcción, operación y abandono, incluyendo las acciones que podrían tener impactos ambientales significativos.
Una identificación, análisis, valorización y jerarquización de los impactos positivos y negativos de carácter significativamente adverso derivados de la construcción, operación y abandono del proyecto, si este último procediese.
Un Plan de Manejo Ambiental que identifique todas las medidas que el Promotor del proyecto considera realizar para mitigar los impactos ambientales negativos significativamente adversos identificados en el Estudio.
La identificación del equipo de profesionales y funciones, señalando su nombre, profesión y cargo desempeñado durante la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental. El equipo debe estar compuesto por un grupo multidisciplinario de profesionales ca
Los anexos que permitan corroborar la información generada para la realización de actividades y tareas del equipo de profesionales y que está contenida en el Estudio de Impacto Ambiental, como también de otros antecedentes de interés que sean útile
Los antecedentes del área de influencia del proyecto o línea de base, que incluya los parámetros ambientales solamente en la medida que representen los impactos ambientales negativos y positivos significativamente adversos asociados al proyecto.
Observación
Las actividades, obras o proyectos, públicos o privados, que por su naturaleza, características, efectos, ubicación o recursos pueden generar riesgo ambiental, requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de su ejecución, de acuerdo con la reglamentación de la presente Ley. Estas actividades, obras o proyectos, deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, inclusive aquellos que se realice; en la cuenca del Canal y comarcas Indígena.
Dirección Física
Dirección Nacional de Evaluación y Ordenamiento Ambiental.
Sede Principal Edificio 804 Albrook, Panamá.
Horario de atención
Lunes a Viernes 7:30 a.m - 3:30 p.m



